La fiscalidad pontificia sobre los monasterios castellanos en la Edad Media

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DOI:

https://doi.org/10.34619/mdtu-xolx

Palavras-chave:

Monasterios, Fiscalidad, Castilla, Papado, Edad Media

Resumo

Los monasterios castellanos se vieron sujetos a la fiscalidad pontificia desde fines del siglo XI, con el pago de los censos a cambio de la protección papal o la exención eclesiástica. Al igual que el clero secular, en los siglos XIII y XIV se difundieron nuevos tributos y se generalizó su pago, afectando tanto a los monasterios como a sus superiores (abades, priores) y oficiales.

Las noticias recogidas, escasas y dispersas, muestran el pago de tributos como el censo, el servicio común, la anata, los expolios y vacantes, las décimas y subsidios o las procuraciones. También ponen de manifiesto las dificultades para cobrarlos, las resistencias y conflictos, los acuerdos y compromisos alcanzados entre los monasterios y los colectores pontificios o la Cámara Apostólica, entre el clero secular y regular de cada diócesis a la hora de distribuir las cantidades asignadas.

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Publicado

2025-06-30

Como Citar

Reglero de la Fuente, C. M. (2025). La fiscalidad pontificia sobre los monasterios castellanos en la Edad Media. Medievalista, (38), 85–110. https://doi.org/10.34619/mdtu-xolx